NOTA SOBRE LA
PROPUESTA DE PODEMOS DE CREAR UN BANCO DEL AGUA EN LA COMUNIDAD DE
MADRID
INTRODUCCIÓN
Los días 23 y 27 de abril miembros de la Plataforma contra la
Privatización del CYII participaron en sendas reuniones con la
dirección de Madrid de Podemos durante las cuales se presentó la
iniciativa de este partido relativa a la creación de un Banco de
Agua en la Comunidad de Madrid. Esta propuesta se inscribe en un
punto programático general a nivel del Estado por el que se
reivindica el desarrollo de una banca pública a escala autonómica y
se considera como un eje estratégico del programa de Podemos para
las elecciones autonómicas de mayo. En la primera reunión solo
estuvieron presentes miembros de la Plataforma y Podemos, mientras
que la segunda fue más amplia y participaron personas de la sección
sindical de CC OO de Canal de Isabel II Gestión SA, Attac y otras
organizaciones, como también de Ahora Madrid.
La finalidad de ambas reuniones fue dar a conocer la iniciativa del
Banco del Agua y recabar la opinión de los asistentes respecto a la
misma. En ningún momento se aportaron documentos escritos, por lo
que las consideraciones que se hacen a continuación, se basan en la
información verbal recibida en ambas reuniones, complementada con
noticias de prensa, la que se aportó el pasado 30 de abril durante
su presentación pública en el Círculo de Bellas Artes de Madrid y,
finalmente, en la que a partir del 6 de mayo aparece en la página
web de Podemos Madrid (1).
Vaya por delante que la actitud de los compañeros de Podemos fue
abierta y flexible durante el debate que se mantuvo, y como
resultado del cual se precisaron y matizaron algunos extremos que
sirvieron para configurar definitivamente la iniciativa, que
coincide en lo fundamental con la que se plasma en la página web de
Podemos de Madrid y que seguramente es la que se recogerá en su
programa electoral para la Comunidad de Madrid.
LA PROPUESTA DEL BANCO DEL AGUA
La iniciativa de Podemos del banco del agua se introduce en el
contexto de una propuesta específica relativa al Canal de Isabel II,
para el que pretende:
- Salvaguardar el Canal revirtiendo el proceso de privatización,
reforzando jurídicamente el carácter público de la gestión del
Canal, modificando los Órganos de Gobierno y Participación en el
Ente Público e iniciando el proceso de retorno de las inversiones
realizadas fuera de la Comunidad de Madrid
- Crear el denominado Banco del Agua, que se configura como la
Agencia Publica de financiación de la innovación tecnológica en la
Comunidad de Madrid, que servirá́ de base para la necesaria
transformación de su modelo productivo y de la transición energética
en la región
- En el capital social del Banco del Agua participarán inicialmente
de forma simultánea la Comunidad de Madrid y el Canal de Isabel II.
La primera contribución del Canal derivará fundamentalmente de la
recuperación de las inversiones en el extranjero. A partir del
primer año de funcionamiento de la entidad financiera, la
contribución del Canal se realizará mediante los beneficios de la
actividad del mismo (una vez haya atendido sus imprescindibles
inversiones de mejora, reposición y mantenimiento de
infraestructuras), y será́ la Comunidad de Madrid quien gestione y
canalice ese ingreso hacia el Banco del Agua.
- La principal vía de financiación del Banco del Agua, además de las
aportaciones del propio Canal y de la Comunidad de Madrid, serán los
fondos del Banco de Inversión (BEI). De hecho, según plantearon en
la presentación en el Círculo de Bellas Artes, prevén captar entre
400 y 500 millones de euros procedentes del Grupo Canal y unos 1.200
millones de euros del BEI.
- Con el Banco del Agua, se potenciará el crédito para la innovación
social, tecnológica y medioambiental, permitiendo la creación de
sinergias entre empresas públicas, universidades y centros de
investigación de la región mediante la creación de una Red Pública
por la Innovación.
- Junto a los créditos del Banco del Agua (que derivarán de los
fondos del BEI), la Red Pública para la Innovación tendrá́ también
acceso a los Fondos Europeos de Investigación.
Como referente paradigmático del Banco del Agua que propone Podemos
presenta al Banco Público de las Autoridades del Agua holandés [Nederlandse
Waterschapsbank - NWB Bank (2)] al que denominan simplemente como
banco del agua. Se trata de una sociedad limitada pública controlada
en un 81% por 23 Autoridades del Agua (Organismos de Cuenca), 17%
por el Estado Holandés y el 2% por 9 Autoridades Provinciales y cuya
función es financiar proyectos que aborde el sector público en temas
medioambientales, energía, educación, sanidad, edificios
sostenibles, creación de vivienda social, gestión del agua, etc.,
pero también partenariados público privados (PPP), que son el
paradigma de la privatización de la gestión de algunos servicios
públicos.
Aprovechando las altas calificaciones que tiene el NWB Bank por
parte de Moody´s (Aaa) y Standard & Poor´s (AA+), facilita la
captación de fondos financieros del mercado internacional a través
de créditos a corto y largo plazo en condiciones ventajosas para
financiar proyectos del sector público, exclusivamente. Como se
deduce de la cartera de préstamos actual del NWB Bank que se
reproduce a continuación, el ámbito de los proyectos que financia es
amplio con especial énfasis en la vivienda.
- Autoridades de Agua 10%
- Autoridades municipales 16%
- Instituciones sanitarias 8%
- Corporaciones de vivienda 64%
- Otros 2%
El NWB Bank es un banco de inversión de proyectos de todo tipo,
desde infraestructuras de protección contra inundaciones a
actuaciones medioambientales y de mitigación y adaptación al cambio
climático.
CONSIDERACIONES SOBRE LA PROPUESTA DE PODEMOS
Las consideraciones sobre la propuesta de Podemos relativa al Canal
de Isabel II y el banco del agua que se realizan a continuación se
apoyan en dos documentos promovidos y suscritos por la Plataforma
contra la privatización del CYII, que recogen en buena parte la
definición del modelo de gestión que reivindicamos y sintetizan la
reflexión al respecto que hemos hecho conjuntamente con Marea Azul y
otras plataformas y movimientos en el estado español. Se trata del
Acuerdo por una gestión pública, transparente y participativa del
ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid, por una parte, y
del Pacto social por el agua pública, #iniciativagua2015, por otra.
Se llama la atención de que Podemos suscribió, en su momento, el
Acuerdo.
Sobre la situación actual del Grupo Canal
Sería conveniente realizar un análisis detallado de la situación
actual del Canal y de su Grupo, específicamente en los aspectos
económicos y financieros y del estado de las inversiones realizadas
que deben estar destinadas a garantizar el nivel de servicio del
abastecimiento y saneamiento. Esto es debido a que si bien los
beneficios anuales que figuran en sus memorias de gestión son
espectaculares, especialmente desde el inicio de Canal Gestión
(2012), lo cierto es que se tiene la certeza de que se consiguen a
costa de reducir drásticamente la inversión y los gastos de
personal, y de haber precarizado las condiciones laborales de los
trabajadores, tal como se puso de manifiesto en un estudio
específico elaborado por la Plataforma en 2013 (3).
Si se consideran los resultados de 2014, resulta que arrojan unos
beneficios de 225,67 millones de euros, lo que supone un incremento
del 67,1% con respecto a 2011, mientras que la cifra de negocios tan
solo aumentó en ese periodo un 7,7 (4). En definitiva, los
beneficios que se declaran en las memorias están inflados
artificialmente en el marco de la estrategia privatizadora que está
en marcha, lo que queda patente si se tiene en cuenta que entre 2013
y 2014 la inversión disminuyó en un 14%, siguiendo la tendencia que
se detecta a partir del inicio de funcionamiento de Canal Gestión
que, entre 2011 y 2013, las inversiones disminuyeron un 30%. No se
puede, ni se debe, contar con que los resultados anuales del Canal
vayan a ser del mismo orden de magnitud que los de los últimos años.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que en 2014 el endeudamiento
de Canal Gestión con entidades financieras asciende a 1.130 millones
de euros y que en febrero de 2015 esta empresa emitió bonos por un
valor de 500 millones de euros.
Cualquier estrategia a establecer en relación con el Canal de Isabel
II debe, pues, partir del conocimiento de su situación económica y
financiera; en la figura siguiente se plasma la evolución de la
cifra de negocios, resultados de cada ejercicio -beneficios-, y
endeudamiento; se puede comprobar claramente el sesgo mercantil que
adquiere especialmente a partir de 2010, cuando se disparan los
beneficios y el endeudamiento, mientras que la cifra de negocios
permanece relativamente estable.
Si la situación se normalizara, las necesidades de inversión para
recuperar la actividad normal del Canal y para aplicar las
normativas medioambientales de la Unión Europea, especialmente las
relativas a la depuración, va a ser tan importante, que los
beneficios serán previsiblemente nulos pudiendo darse, incluso,
escenarios en los que haya que acudir al mercado crediticio.
Sobre la reversión de la privatización
El blindaje del carácter público 100% del Canal de Isabel II en el
Estatuto de la Comunidad de Madrid nos parece una buena idea, así
como la de eliminar la sociedad anónima Canal Gestión y revertir su
condición jurídica en un ente público. En este sentido, se llama la
atención de que este proceso no estará exento de dificultades y
contradicciones, ni será inmediato. Hay que tener en cuenta que la
eliminación de la sociedad anónima interesa a 111 ayuntamientos -que
representan el 17,6% del accionariado- y al ente público Canal de
Isabel II, que cuenta con el 82,4% de las acciones; en los tres años
en los que Canal Gestión SA está funcionando se ha consolidado una
situación en la que los ayuntamientos accionistas reciben
importantes dividendos de los que, en su momento, algunos serán
reacios a prescindir toda vez que suponen un ingreso anual notable
para sus arcas municipales, tal como se refleja a continuación:
Año 2012 118.353.766,72 euros
Año 2013 159.674.387,07 euros
Año 2014 159.674.387,07 euros
Total dividendos 2012-2014 431.971.206,26 euros
Se llama la atención, a título meramente indicativo, de que esta
cifra generada en tres años, supone nada menos que el 38,2% de la
deuda declarada por Canal Gestión en 2014 con entidades financieras.
También estamos plenamente de acuerdo en que se acometa el proceso
de retorno de las inversiones realizadas fuera de la Comunidad de
Madrid, que es coherente con lo que se recoge en el punto 1 del
Acuerdo. Ahora bien, se llama la atención de que, por experiencias
similares, este proceso no será inmediato y deberá realizarse
salvaguardando los intereses de los usuarios nacionales y
garantizando la sostenibilidad de los operadores públicos que asuman
los servicios de abastecimiento y saneamiento. El Canal deberá
asumir su responsabilidad fomentando procesos de remunicipalización
de los servicios privatizados mediante los oportunos acuerdos de
cooperación público-público.
No se trata de que la retirada se realice mediante el procedimiento
de toma el dinero y corre, ampliamente utilizado por las empresas
multinacionales, sino asumiendo las responsabilidades que se derivan
del modelo de gestión definido en el Acuerdo, especialmente en lo
que atañe a la consideración universal del abastecimiento y
saneamiento como un derecho humano. En este contexto, y a expensas
de conocer la situación económico-financiera de las empresas del
Grupo Canal, cabe la posibilidad de que el retorno de capital de las
empresas del Grupo no sea todo lo significativo que se prevé.
Sobre el modelo de gestión del Canal
En la propuesta de Podemos no se define el modelo de gestión que se
quiere implantar en el Canal, y la Plataforma lo considera un punto
importante que hay que abordar a la hora de hacer transformaciones
en el Canal de Isabel II. De este modelo de gestión depende la
capacidad que tenga la institución de garantizar la gestión de un
servicio cuya provisión tiene la consideración de derecho humano, en
los términos definidos por las Naciones Unidas, que lo configuran
como un derecho de prestación que deberá garantizar los poderes
públicos, a través de un servicio público, guiado por los principios
de igualdad, equidad, realización progresiva y no discriminación, a
través de una gestión sostenible, participativa, transparente, con
acceso a la información y con rendición de cuentas.
En principio podría esperarse que el modelo de gestión para el Canal
propugnado por Podemos es el definido en el Acuerdo toda vez que lo
suscribió en su momento, sin embargo sería deseable a todas luces
que lo precisara o, en su defecto, que remitiera expresamente al
contenido del propio Acuerdo.
En el Acuerdo se establecen los fines del Canal, su carácter
cooperativo, el papel de los ayuntamientos, sus obligaciones
medioambientales, así como los mecanismos que aseguran la
democracia, la transparencia, la rendición de cuentas, el control de
la gestión y la participación ciudadana en la toma de decisiones.
Estos mecanismos de participación y control deberían quedar bien
definidos en la propuesta, porque para la Plataforma es la mayor
garantía de que los fines del Canal se cumplan y establecen el marco
de relaciones con otras instituciones públicas y privadas, sean de
carácter técnico o financiero.
Sobre la gestión mercantil y los beneficios
El punto clave en el que se apoya la viabilidad de la propuesta de
Podemos sobre el banco del agua es en la disponibilidad de
beneficios anuales, además, inicialmente, de los fondos que se
puedan retornar como resultado de la retirada de las inversiones
realizadas en Latinoamérica.
Tal como se recoge en el Acuerdo y en el Pacto, consideramos que, en
la medida en que el agua es un bien público y que los servicios de
abastecimiento y saneamiento se vinculan a derechos humanos y de
ciudadanía, la gestión del ciclo integral del agua no debe
realizarse desde la lógica del mercado, bajo criterios y prioridades
de negocio privado, sino desde la gestión pública sin ánimo de
lucro, como un servicio de interés general.
Es decir, la gestión de los servicios del ciclo integral no debe
realizarse aplicando criterios mercantiles en los que priman la
lógica del beneficio; este es uno de los puntos fundamentales del
modelo de gestión que asumimos y propugnamos en la Plataforma contra
la privatización del Canal de Isabel II, Marea Azul y la Red de Agua
Pública (RAP), y que comparte la mayoría del movimiento
internacional antiprivatizador, que no solo reivindica la
titularidad pública de los servicios del ciclo integral urbano del
agua, sino también que su gestión debe abordarse desde la equidad
social y debe ser pública, transparente y participativa, acorde con
el derecho humano al agua y al saneamiento.
En este sentido, cualquier excedente que se produzca fruto de la
tarifa pagada por los ciudadanos, por el alquiler o cesión de
infraestructuras, venta de patrimonio, subvenciones, operaciones
financieras o cualquier otro medio, deberá dedicarse a garantizar,
sin ánimo de lucro, los costes de los servicios del ciclo integral
del agua.
En cualquier caso, si se dispusiera de excedentes presupuestarios
-que no beneficios-, deberían destinarse a mejorar el nivel de
servicio y su sostenibilidad, a garantizar el acceso universal al
agua y saneamiento mediante políticas tarifarias equitativas, a
realizar actuaciones de protección y sensibilización medioambiental
o, también, tal y como se recoge en el Acuerdo, una parte de ellos
se podría destinar a financiar la realización de obras y servicios
destinados a mejorar y ampliar los sistemas de abastecimiento y
saneamiento de los ayuntamientos, lo que mermaría aún más los
posibles beneficios a nutrir el Banco del Agua. Esta actuación,
además de ser justa, podría favorecer la renuncia de los
Ayuntamientos a los dividendos que actualmente reciben y allanaría
la eliminación de la sociedad anónima Canal Gestión.
Sobre la relación del Canal con el banco del agua
De acuerdo con el modelo no mercantil preconizado en el Acuerdo, las
actividades del Canal deben circunscribirse fundamentalmente a las
derivadas del ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid y
actividades anexas.
La implicación del Canal en el desarrollo del banco del agua
supondría dos aspectos que son contradictorios con el modelo de
gestión del Acuerdo. Por una parte, presupone la existencia de
beneficios derivados de la gestión del Canal de Isabel II,
cualesquiera que sean y, por otra, lo implica en actividades que no
están relacionadas con el ciclo integral del agua. La eventual
materialización del banco del agua, tal y como lo prevé Podemos,
relacionado con el Canal supondrá la introducción de tensiones en su
gestión derivadas de las expectativas de beneficio que ello supone y
que son, como se han puesto de manifiesto en el epígrafe anterior,
incompatibles con lo que se establece en el Acuerdo y el Pacto.
Sobre el Canal y la innovación
El Canal debe estar imbricado en la sociedad madrileña, colaborando
con sus medios materiales y humanos con ayuntamientos, colegios,
universidades, instituciones, asociaciones en todo tipo de temas que
temas que tengan que ver con sus fines y ámbito de actuación (ciclo
integral del agua, el medio ambiente hídrico, usos del dominio
público hidráulico, etc). En este sentido, el Canal debe ser un
motor de la investigación y la innovación en los citados campos a
través de un Plan de I+D+i, que financie el propio Canal, contando
en su elaboración y realización con el concurso de universidades y
centros de investigación públicos y privados de la región.
Así, el Canal se puede conformar como una institución que apoye e
impulse la innovación en la Comunidad de Madrid en una parte
importante de la contemplada por Podemos, sin forzar ni alterar su
modelo de gestión.
CONCLUSIONES
1. La creación de una Agencia Publica de financiación de la
innovación tecnológica en la Comunidad de Madrid puede ser un
instrumento fundamental que facilite el cambio hacia un nuevo modelo
de desarrollo productivo en la Comunidad de Madrid basado en la
innovación y en la eficiencia energética. Sin embargo, este
instrumento tendría una mayor potencia si no se limitara únicamente
a la innovación, sino que contemplase otro tipo de proyectos
públicos, tal y como lo hace el propio NWB Bank, relativos al medio
ambiente, al cambio climático u otros de interés social o
comunitario.
2. El Canal de Isabel II puede y debe constituirse como un impulsor
de la innovación tecnológica en la región, incluso realizando
inversiones en este sentido, siempre que se circunscriba al sector
de su actividad, es decir a la gestión del ciclo integral del agua,
tal como se recoge explícitamente en el Acuerdo, en su punto 9.
3. Valoramos muy positivamente el compromiso de Podemos de
salvaguardar el Canal revirtiendo el proceso de privatización,
reforzando jurídicamente el carácter público de la gestión del
Canal, modificando los órganos de gobierno y participación en el
Ente Público.
4. El proceso de retorno de las inversiones realizadas fuera de la
Comunidad de Madrid debe realizarse sobre la base de que el Canal
fomente que los servicios interesados sean remunicipalizados y que
su gestión se ajuste a lo establecido en el Acuerdo y el Pacto. Por
tanto, este proceso no debe abordarse con expectativas de generar
fondos a retornar, sino a establecer servicios públicos de calidad y
sostenibles y ser el resultado de procesos de remunicipalización que
apoye el propio Canal a través de iniciativas de cooperación
público-público.
5. Es fundamental realizar una auditoría sobre la situación
económica, financiera, estructural y funcional del Canal, así como
de su deuda a fin de poder abordar la reversión de la privatización
con el debido conocimiento de causa. Es de prever que ni los
beneficios declarados sean reales, ni las inversiones sean las
necesarias y seguro que habrá que reestructurar las relaciones y los
gastos laborales, al igual que se tendrá que acometer una política
sostenible en relación con la deuda.
6. En consonancia con lo recogido en el Acuerdo y el Pacto, la
gestión del Canal de Isabel II que resulte de la reversión deberá
realizarse sin ánimo de lucro y con procedimientos no mercantiles.
En consecuencia no es previsible que se generen sistemáticamente
excedentes anuales, de forma que esta situación no es compatible con
la propuesta de implicarlo con el banco del agua, en los términos
definidos por Podemos.
7. Entendemos, por tanto, que la propuesta de banco del agua no es
aceptable en los términos en que se ha planteado, y manifestamos
nuestra disposición a colaborar con Podemos en la búsqueda de
alternativas que avancen en la consecución de un Canal de Isabel II
público 100%, de carácter no comercial, transparente y
participativo.
Madrid, 16 de mayo de 2015
________________
Notas:
(1) Accesible en:
https://cmadrid.podemos.info/2015/05/06/el-banco-del-agua-una-agencia-publica-de-financiacion-de-la-innovacion-tecnologica-en-la-comunidad-de-madrid/
(2) Ver la información accesible en:
https://www.nwbbank.com/home-en.html
(3) El informe denominado La gestión actual de Canal de Isabel II
Gestión S.A. está disponible en:
http://www.plataformacontralaprivatizaciondelcyii.org/xDOCUMENTOS/Auditoria/Nota_Situacion_Canal_Gestion_SA.htm
(4) Entre 2013 y 2014 los beneficios se incrementaron en un 13,1%
mientras que la cifra de negocios tan solo creció un 0,2%.
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