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NOTA SOBRE LA PROPUESTA DE PODEMOS DE CREAR UN BANCO DEL AGUA EN LA COMUNIDAD DE MADRID

 

 

INTRODUCCIÓN

Los días 23 y 27 de abril miembros de la Plataforma contra la Privatización del CYII participaron en sendas reuniones con la dirección de Madrid de Podemos durante las cuales se presentó la iniciativa de este partido relativa a la creación de un Banco de Agua en la Comunidad de Madrid. Esta propuesta se inscribe en un punto programático general a nivel del Estado por el que se reivindica el desarrollo de una banca pública a escala autonómica y se considera como un eje estratégico del programa de Podemos para las elecciones autonómicas de mayo. En la primera reunión solo estuvieron presentes miembros de la Plataforma y Podemos, mientras que la segunda fue más amplia y participaron personas de la sección sindical de CC OO de Canal de Isabel II Gestión SA, Attac y otras organizaciones, como también de Ahora Madrid.

La finalidad de ambas reuniones fue dar a conocer la iniciativa del Banco del Agua y recabar la opinión de los asistentes respecto a la misma. En ningún momento se aportaron documentos escritos, por lo que las consideraciones que se hacen a continuación, se basan en la información verbal recibida en ambas reuniones, complementada con noticias de prensa, la que se aportó el pasado 30 de abril durante su presentación pública en el Círculo de Bellas Artes de Madrid y, finalmente, en la que a partir del 6 de mayo aparece en la página web de Podemos Madrid (1).

Vaya por delante que la actitud de los compañeros de Podemos fue abierta y flexible durante el debate que se mantuvo, y como resultado del cual se precisaron y matizaron algunos extremos que sirvieron para configurar definitivamente la iniciativa, que coincide en lo fundamental con la que se plasma en la página web de Podemos de Madrid y que seguramente es la que se recogerá en su programa electoral para la Comunidad de Madrid.

LA PROPUESTA DEL BANCO DEL AGUA

La iniciativa de Podemos del banco del agua se introduce en el contexto de una propuesta específica relativa al Canal de Isabel II, para el que pretende:

- Salvaguardar el Canal revirtiendo el proceso de privatización, reforzando jurídicamente el carácter público de la gestión del Canal, modificando los Órganos de Gobierno y Participación en el Ente Público e iniciando el proceso de retorno de las inversiones realizadas fuera de la Comunidad de Madrid

- Crear el denominado Banco del Agua, que se configura como la Agencia Publica de financiación de la innovación tecnológica en la Comunidad de Madrid, que servirá́ de base para la necesaria transformación de su modelo productivo y de la transición energética en la región

- En el capital social del Banco del Agua participarán inicialmente de forma simultánea la Comunidad de Madrid y el Canal de Isabel II. La primera contribución del Canal derivará fundamentalmente de la recuperación de las inversiones en el extranjero. A partir del primer año de funcionamiento de la entidad financiera, la contribución del Canal se realizará mediante los beneficios de la actividad del mismo (una vez haya atendido sus imprescindibles inversiones de mejora, reposición y mantenimiento de infraestructuras), y será́ la Comunidad de Madrid quien gestione y canalice ese ingreso hacia el Banco del Agua.

- La principal vía de financiación del Banco del Agua, además de las aportaciones del propio Canal y de la Comunidad de Madrid, serán los fondos del Banco de Inversión (BEI). De hecho, según plantearon en la presentación en el Círculo de Bellas Artes, prevén captar entre 400 y 500 millones de euros procedentes del Grupo Canal y unos 1.200 millones de euros del BEI.

- Con el Banco del Agua, se potenciará el crédito para la innovación social, tecnológica y medioambiental, permitiendo la creación de sinergias entre empresas públicas, universidades y centros de investigación de la región mediante la creación de una Red Pública por la Innovación.

- Junto a los créditos del Banco del Agua (que derivarán de los fondos del BEI), la Red Pública para la Innovación tendrá́ también acceso a los Fondos Europeos de Investigación.

Como referente paradigmático del Banco del Agua que propone Podemos presenta al Banco Público de las Autoridades del Agua holandés [Nederlandse Waterschapsbank - NWB Bank (2)] al que denominan simplemente como banco del agua. Se trata de una sociedad limitada pública controlada en un 81% por 23 Autoridades del Agua (Organismos de Cuenca), 17% por el Estado Holandés y el 2% por 9 Autoridades Provinciales y cuya función es financiar proyectos que aborde el sector público en temas medioambientales, energía, educación, sanidad, edificios sostenibles, creación de vivienda social, gestión del agua, etc., pero también partenariados público privados (PPP), que son el paradigma de la privatización de la gestión de algunos servicios públicos.

Aprovechando las altas calificaciones que tiene el NWB Bank por parte de Moody´s (Aaa) y Standard & Poor´s (AA+), facilita la captación de fondos financieros del mercado internacional a través de créditos a corto y largo plazo en condiciones ventajosas para financiar proyectos del sector público, exclusivamente. Como se deduce de la cartera de préstamos actual del NWB Bank que se reproduce a continuación, el ámbito de los proyectos que financia es amplio con especial énfasis en la vivienda.

- Autoridades de Agua 10%
- Autoridades municipales 16%
- Instituciones sanitarias 8%
- Corporaciones de vivienda 64%
- Otros 2%


El NWB Bank es un banco de inversión de proyectos de todo tipo, desde infraestructuras de protección contra inundaciones a actuaciones medioambientales y de mitigación y adaptación al cambio climático.

CONSIDERACIONES SOBRE LA PROPUESTA DE PODEMOS

Las consideraciones sobre la propuesta de Podemos relativa al Canal de Isabel II y el banco del agua que se realizan a continuación se apoyan en dos documentos promovidos y suscritos por la Plataforma contra la privatización del CYII, que recogen en buena parte la definición del modelo de gestión que reivindicamos y sintetizan la reflexión al respecto que hemos hecho conjuntamente con Marea Azul y otras plataformas y movimientos en el estado español. Se trata del Acuerdo por una gestión pública, transparente y participativa del ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid, por una parte, y del Pacto social por el agua pública, #iniciativagua2015, por otra. Se llama la atención de que Podemos suscribió, en su momento, el Acuerdo.

Sobre la situación actual del Grupo Canal

Sería conveniente realizar un análisis detallado de la situación actual del Canal y de su Grupo, específicamente en los aspectos económicos y financieros y del estado de las inversiones realizadas que deben estar destinadas a garantizar el nivel de servicio del abastecimiento y saneamiento. Esto es debido a que si bien los beneficios anuales que figuran en sus memorias de gestión son espectaculares, especialmente desde el inicio de Canal Gestión (2012), lo cierto es que se tiene la certeza de que se consiguen a costa de reducir drásticamente la inversión y los gastos de personal, y de haber precarizado las condiciones laborales de los trabajadores, tal como se puso de manifiesto en un estudio específico elaborado por la Plataforma en 2013 (3).

Si se consideran los resultados de 2014, resulta que arrojan unos beneficios de 225,67 millones de euros, lo que supone un incremento del 67,1% con respecto a 2011, mientras que la cifra de negocios tan solo aumentó en ese periodo un 7,7 (4). En definitiva, los beneficios que se declaran en las memorias están inflados artificialmente en el marco de la estrategia privatizadora que está en marcha, lo que queda patente si se tiene en cuenta que entre 2013 y 2014 la inversión disminuyó en un 14%, siguiendo la tendencia que se detecta a partir del inicio de funcionamiento de Canal Gestión que, entre 2011 y 2013, las inversiones disminuyeron un 30%. No se puede, ni se debe, contar con que los resultados anuales del Canal vayan a ser del mismo orden de magnitud que los de los últimos años.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que en 2014 el endeudamiento de Canal Gestión con entidades financieras asciende a 1.130 millones de euros y que en febrero de 2015 esta empresa emitió bonos por un valor de 500 millones de euros.

Cualquier estrategia a establecer en relación con el Canal de Isabel II debe, pues, partir del conocimiento de su situación económica y financiera; en la figura siguiente se plasma la evolución de la cifra de negocios, resultados de cada ejercicio -beneficios-, y endeudamiento; se puede comprobar claramente el sesgo mercantil que adquiere especialmente a partir de 2010, cuando se disparan los beneficios y el endeudamiento, mientras que la cifra de negocios permanece relativamente estable.

 

 


Si la situación se normalizara, las necesidades de inversión para recuperar la actividad normal del Canal y para aplicar las normativas medioambientales de la Unión Europea, especialmente las relativas a la depuración, va a ser tan importante, que los beneficios serán previsiblemente nulos pudiendo darse, incluso, escenarios en los que haya que acudir al mercado crediticio.

Sobre la reversión de la privatización

El blindaje del carácter público 100% del Canal de Isabel II en el Estatuto de la Comunidad de Madrid nos parece una buena idea, así como la de eliminar la sociedad anónima Canal Gestión y revertir su condición jurídica en un ente público. En este sentido, se llama la atención de que este proceso no estará exento de dificultades y contradicciones, ni será inmediato. Hay que tener en cuenta que la eliminación de la sociedad anónima interesa a 111 ayuntamientos -que representan el 17,6% del accionariado- y al ente público Canal de Isabel II, que cuenta con el 82,4% de las acciones; en los tres años en los que Canal Gestión SA está funcionando se ha consolidado una situación en la que los ayuntamientos accionistas reciben importantes dividendos de los que, en su momento, algunos serán reacios a prescindir toda vez que suponen un ingreso anual notable para sus arcas municipales, tal como se refleja a continuación:

Año 2012 118.353.766,72 euros
Año 2013 159.674.387,07 euros
Año 2014 159.674.387,07 euros
Total dividendos 2012-2014 431.971.206,26 euros

Se llama la atención, a título meramente indicativo, de que esta cifra generada en tres años, supone nada menos que el 38,2% de la deuda declarada por Canal Gestión en 2014 con entidades financieras.

También estamos plenamente de acuerdo en que se acometa el proceso de retorno de las inversiones realizadas fuera de la Comunidad de Madrid, que es coherente con lo que se recoge en el punto 1 del Acuerdo. Ahora bien, se llama la atención de que, por experiencias similares, este proceso no será inmediato y deberá realizarse salvaguardando los intereses de los usuarios nacionales y garantizando la sostenibilidad de los operadores públicos que asuman los servicios de abastecimiento y saneamiento. El Canal deberá asumir su responsabilidad fomentando procesos de remunicipalización de los servicios privatizados mediante los oportunos acuerdos de cooperación público-público.

No se trata de que la retirada se realice mediante el procedimiento de toma el dinero y corre, ampliamente utilizado por las empresas multinacionales, sino asumiendo las responsabilidades que se derivan del modelo de gestión definido en el Acuerdo, especialmente en lo que atañe a la consideración universal del abastecimiento y saneamiento como un derecho humano. En este contexto, y a expensas de conocer la situación económico-financiera de las empresas del Grupo Canal, cabe la posibilidad de que el retorno de capital de las empresas del Grupo no sea todo lo significativo que se prevé.

Sobre el modelo de gestión del Canal

En la propuesta de Podemos no se define el modelo de gestión que se quiere implantar en el Canal, y la Plataforma lo considera un punto importante que hay que abordar a la hora de hacer transformaciones en el Canal de Isabel II. De este modelo de gestión depende la capacidad que tenga la institución de garantizar la gestión de un servicio cuya provisión tiene la consideración de derecho humano, en los términos definidos por las Naciones Unidas, que lo configuran como un derecho de prestación que deberá garantizar los poderes públicos, a través de un servicio público, guiado por los principios de igualdad, equidad, realización progresiva y no discriminación, a través de una gestión sostenible, participativa, transparente, con acceso a la información y con rendición de cuentas.

En principio podría esperarse que el modelo de gestión para el Canal propugnado por Podemos es el definido en el Acuerdo toda vez que lo suscribió en su momento, sin embargo sería deseable a todas luces que lo precisara o, en su defecto, que remitiera expresamente al contenido del propio Acuerdo.

En el Acuerdo se establecen los fines del Canal, su carácter cooperativo, el papel de los ayuntamientos, sus obligaciones medioambientales, así como los mecanismos que aseguran la democracia, la transparencia, la rendición de cuentas, el control de la gestión y la participación ciudadana en la toma de decisiones. Estos mecanismos de participación y control deberían quedar bien definidos en la propuesta, porque para la Plataforma es la mayor garantía de que los fines del Canal se cumplan y establecen el marco de relaciones con otras instituciones públicas y privadas, sean de carácter técnico o financiero.

Sobre la gestión mercantil y los beneficios

El punto clave en el que se apoya la viabilidad de la propuesta de Podemos sobre el banco del agua es en la disponibilidad de beneficios anuales, además, inicialmente, de los fondos que se puedan retornar como resultado de la retirada de las inversiones realizadas en Latinoamérica.

Tal como se recoge en el Acuerdo y en el Pacto, consideramos que, en la medida en que el agua es un bien público y que los servicios de abastecimiento y saneamiento se vinculan a derechos humanos y de ciudadanía, la gestión del ciclo integral del agua no debe realizarse desde la lógica del mercado, bajo criterios y prioridades de negocio privado, sino desde la gestión pública sin ánimo de lucro, como un servicio de interés general.

Es decir, la gestión de los servicios del ciclo integral no debe realizarse aplicando criterios mercantiles en los que priman la lógica del beneficio; este es uno de los puntos fundamentales del modelo de gestión que asumimos y propugnamos en la Plataforma contra la privatización del Canal de Isabel II, Marea Azul y la Red de Agua Pública (RAP), y que comparte la mayoría del movimiento internacional antiprivatizador, que no solo reivindica la titularidad pública de los servicios del ciclo integral urbano del agua, sino también que su gestión debe abordarse desde la equidad social y debe ser pública, transparente y participativa, acorde con el derecho humano al agua y al saneamiento.

En este sentido, cualquier excedente que se produzca fruto de la tarifa pagada por los ciudadanos, por el alquiler o cesión de infraestructuras, venta de patrimonio, subvenciones, operaciones financieras o cualquier otro medio, deberá dedicarse a garantizar, sin ánimo de lucro, los costes de los servicios del ciclo integral del agua.

En cualquier caso, si se dispusiera de excedentes presupuestarios -que no beneficios-, deberían destinarse a mejorar el nivel de servicio y su sostenibilidad, a garantizar el acceso universal al agua y saneamiento mediante políticas tarifarias equitativas, a realizar actuaciones de protección y sensibilización medioambiental o, también, tal y como se recoge en el Acuerdo, una parte de ellos se podría destinar a financiar la realización de obras y servicios destinados a mejorar y ampliar los sistemas de abastecimiento y saneamiento de los ayuntamientos, lo que mermaría aún más los posibles beneficios a nutrir el Banco del Agua. Esta actuación, además de ser justa, podría favorecer la renuncia de los Ayuntamientos a los dividendos que actualmente reciben y allanaría la eliminación de la sociedad anónima Canal Gestión.

Sobre la relación del Canal con el banco del agua

De acuerdo con el modelo no mercantil preconizado en el Acuerdo, las actividades del Canal deben circunscribirse fundamentalmente a las derivadas del ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid y actividades anexas.

La implicación del Canal en el desarrollo del banco del agua supondría dos aspectos que son contradictorios con el modelo de gestión del Acuerdo. Por una parte, presupone la existencia de beneficios derivados de la gestión del Canal de Isabel II, cualesquiera que sean y, por otra, lo implica en actividades que no están relacionadas con el ciclo integral del agua. La eventual materialización del banco del agua, tal y como lo prevé Podemos, relacionado con el Canal supondrá la introducción de tensiones en su gestión derivadas de las expectativas de beneficio que ello supone y que son, como se han puesto de manifiesto en el epígrafe anterior, incompatibles con lo que se establece en el Acuerdo y el Pacto.

Sobre el Canal y la innovación

El Canal debe estar imbricado en la sociedad madrileña, colaborando con sus medios materiales y humanos con ayuntamientos, colegios, universidades, instituciones, asociaciones en todo tipo de temas que temas que tengan que ver con sus fines y ámbito de actuación (ciclo integral del agua, el medio ambiente hídrico, usos del dominio público hidráulico, etc). En este sentido, el Canal debe ser un motor de la investigación y la innovación en los citados campos a través de un Plan de I+D+i, que financie el propio Canal, contando en su elaboración y realización con el concurso de universidades y centros de investigación públicos y privados de la región.

Así, el Canal se puede conformar como una institución que apoye e impulse la innovación en la Comunidad de Madrid en una parte importante de la contemplada por Podemos, sin forzar ni alterar su modelo de gestión.

CONCLUSIONES

1. La creación de una Agencia Publica de financiación de la innovación tecnológica en la Comunidad de Madrid puede ser un instrumento fundamental que facilite el cambio hacia un nuevo modelo de desarrollo productivo en la Comunidad de Madrid basado en la innovación y en la eficiencia energética. Sin embargo, este instrumento tendría una mayor potencia si no se limitara únicamente a la innovación, sino que contemplase otro tipo de proyectos públicos, tal y como lo hace el propio NWB Bank, relativos al medio ambiente, al cambio climático u otros de interés social o comunitario.

2. El Canal de Isabel II puede y debe constituirse como un impulsor de la innovación tecnológica en la región, incluso realizando inversiones en este sentido, siempre que se circunscriba al sector de su actividad, es decir a la gestión del ciclo integral del agua, tal como se recoge explícitamente en el Acuerdo, en su punto 9.

3. Valoramos muy positivamente el compromiso de Podemos de salvaguardar el Canal revirtiendo el proceso de privatización, reforzando jurídicamente el carácter público de la gestión del Canal, modificando los órganos de gobierno y participación en el Ente Público.

4. El proceso de retorno de las inversiones realizadas fuera de la Comunidad de Madrid debe realizarse sobre la base de que el Canal fomente que los servicios interesados sean remunicipalizados y que su gestión se ajuste a lo establecido en el Acuerdo y el Pacto. Por tanto, este proceso no debe abordarse con expectativas de generar fondos a retornar, sino a establecer servicios públicos de calidad y sostenibles y ser el resultado de procesos de remunicipalización que apoye el propio Canal a través de iniciativas de cooperación público-público.

5. Es fundamental realizar una auditoría sobre la situación económica, financiera, estructural y funcional del Canal, así como de su deuda a fin de poder abordar la reversión de la privatización con el debido conocimiento de causa. Es de prever que ni los beneficios declarados sean reales, ni las inversiones sean las necesarias y seguro que habrá que reestructurar las relaciones y los gastos laborales, al igual que se tendrá que acometer una política sostenible en relación con la deuda.

6. En consonancia con lo recogido en el Acuerdo y el Pacto, la gestión del Canal de Isabel II que resulte de la reversión deberá realizarse sin ánimo de lucro y con procedimientos no mercantiles. En consecuencia no es previsible que se generen sistemáticamente excedentes anuales, de forma que esta situación no es compatible con la propuesta de implicarlo con el banco del agua, en los términos definidos por Podemos.

7. Entendemos, por tanto, que la propuesta de banco del agua no es aceptable en los términos en que se ha planteado, y manifestamos nuestra disposición a colaborar con Podemos en la búsqueda de alternativas que avancen en la consecución de un Canal de Isabel II público 100%, de carácter no comercial, transparente y participativo.

Madrid, 16 de mayo de 2015

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Notas:

(1) Accesible en: https://cmadrid.podemos.info/2015/05/06/el-banco-del-agua-una-agencia-publica-de-financiacion-de-la-innovacion-tecnologica-en-la-comunidad-de-madrid/


(2) Ver la información accesible en: https://www.nwbbank.com/home-en.html


(3) El informe denominado La gestión actual de Canal de Isabel II Gestión S.A. está disponible en:

http://www.plataformacontralaprivatizaciondelcyii.org/xDOCUMENTOS/Auditoria/Nota_Situacion_Canal_Gestion_SA.htm


(4) Entre 2013 y 2014 los beneficios se incrementaron en un 13,1% mientras que la cifra de negocios tan solo creció un 0,2%.

 



 

 
 
 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

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Última modificación: 08 de noviembre de 2021